Resolución de conflictos vecinales - Mediación - Policía Local Málaga

En la vigente estructura orgánica de la Policía Local de Málaga existe desde finales de 2012 un Subgrupo de Mediación Policial, que está integrado por policías con una adecuada formación en la resolución de conflictos, que viene interviniendo en todo tipo de problemas vecinales, sociales y de convivencia en general, muchos de los cuales son resueltos de una forma más rápida a través de una mediación objetiva, que mediante enojosos, largos y costosos procedimientos judiciales.

La figura del agente mediador puede llevar a efecto la resolución de aquellos conflictos privados a que se hayan sometido voluntariamente los ciudadanos y que verse sobre hechos o situaciones que no constituyan delito o falta públicos tipificados en la legislación penal o que, en todo caso, no esté sometida la controversia a cualquier otro tipo de jurisdicción o procedimiento administrativo.

El ámbito de actuación de este grupo de mediación se puede aplicar a los siguientes tipos de conflictos:

  • Vecinales o de convivencia
  • Medioambientales.
  • Relacionados con la utilización de espacios públicos.
  • Provocados por la exclusión social.
  • Ocasionados por la violencia latente.
  • Salubridad de las viviendas.
  • Derivados de divergencias interculturales.
  • Provocados por animales.
  • Surgidos con el ámbito de la propiedad y organización de la vida ordinaria de las urbanizaciones.

Las ventajas son muchas, como reducir los costes (llegando menos casos a los Juzgados con la consiguiente reducción económica y de tiempo), rebajar la violencia y conflictividad, y en el seno de las Comunidades de Propietarios, en lo que respecta a las actividades molestas (ruídos vecinales), insalubres, peligrosas, nocivas…, se muestra como una alternativa a la acción judicial de cesación (artículo 7.2) establecida en la Ley de Propiedad Horizontal , y a coste cero

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *